Nuevo texto normativo sobre la revalorización de las pensiones
El Consejo de Ministros del 28 de diciembre ha aprobado REAL DECRETO-LEY para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, publicado al día siguiente en el BOE.
El texto normativo, considerado una medida extraordinaria y de urgente necesidad, incluye la revalorización de las pensiones del Sistema de la Seguridad Social, de clases pasivas del Estado y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2019.
Ello implica, entre otras medidas, una revalorización inicial del 1,6% de las pensiones contributivas, y del 3% para las pensiones no contributivas, así como el aumento en 4 puntos del porcentaje de la base reguladora para el cálculo de la pensión de viudedad.
Entre 2014 y julio del 2018, la revalorización de las pensiones había sido del 0,25%, conforme a los dispuesto en el artículo 58 de la Ley General de la Seguridad Social y 27 de la Ley de Clases Pasivas del Estado. A partir de ahora, se realizará conforme al artículo primer del citado real Decreto-Ley. De esta manera, la revalorización de las pensiones está ligada a una media del índice de Precios del Consumo (IPC) interanual de los últimos doce meses.
Tal como dispone recoge la disposición adicional primera, «en el plazo de seis meses, el Gobierno adoptará las medidas necesarias para modificar los artículos citados y establecer, en el marco del diálogo social y de acuerdo con las recomendaciones de la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo, un mecanismo de revalorización de las pensiones que garantice el mantenimiento de su poder adquisitivo preservando la sostenibilidad social y financiera del sistema de Seguridad Social».
Según los datos apuntados, la revalorización afectará a 10.340.805 pensiones públicas, de las que 9.692.296 son contributivas y el coste total de la subida alcanza los 2.591,65 millones de euros, 2.481,10 millones de euros corresponden a pensiones contributivas.
Si bien la norma ha de revisarse en conjunto, en el siguiente enlace, tendrá acceso a las novedades más significativas del citado Real Decreto-Ley, en lo que se refiere al Régimen de Clases Pasivas del Estado.